El ministro de Justicia, Aníbal Fernández, respaldó un pedido de la FALGBT para que se deroguen los códigos provinciales que criminalizan la homosexualidad y el travestismo. Compromiso de seis gobernadores.
POR BRUNO BIMBI
"Tengo el agrado de dirigirme al señor Gobernador, en el marco de la inquietud planteada por la Federación Argentina de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Trans, por la existencia de diversa normativa que vulneraría cláusulas constitucionales, específicamente en los Códigos Contravencionales y de Faltas, cuyas disposiciones discriminatorias recaen sobre determinados sectores de la población, como gays, lesbianas, bisexuales y personas trans".
Así comienza una carta que recibieron todos los gobernadores. No es el primer reclamo que les llega por este motivo. La novedad, esta vez, es que la carta llevaba la firma del ministro Aníbal Fernández.
A fines del año pasado, Fernández mantuvo una reunión con la FALGBT en la Casa Rosada, de la que participó el dirigente socialista español Pedro Zerolo. Luego del encuentro, la Federación entregó al ministro un informe sobre los Códigos de Faltas y comenzaron las gestiones con cada gobernador para conseguir la derogación de las normas cuestionadas.
¿Es posible que en la Argentina una persona pueda ir presa por ser gay, lesbiana o travesti? En buena parte de las provincias la discriminación es la norma, y la policía, el órgano de aplicación.
A LA CÁRCEL POR TRAVESTI. En el pub La Reserva, donde trabajaba como mesera, le habían pedido un certificado de buena conducta. Gabriela concurrió al Palacio Policial de Mendoza y, cuando esperaba el comprobante, dos policías le informaron que quedaba detenida por violación al Código de Faltas. Fue en 2006, antes de que la provincia derogara el artículo 80 de esa ley, que imponía arresto de hasta quince días o multa de hasta mil quinientos pesos "al que en la vida diaria se vistiere o se hiciere pasar como persona del sexo contrario".
Gabriela, una travesti de 30 años, estaba vestida con un pantalón de mezclilla y una chaqueta roja. Las policías le explicaron que la detenían porque llevaba aros y anillos; "sin embargo, había un policía con un aro muy parecido al mío", afirmó. Mendoza cambió su Código ese mismo año y eliminó la penalización del travestismo, pero varias las provincias la mantienen.
En Buenos Aires, Santa Cruz, Santa Fe y Santiago del Estero, una travesti puede ser arrestada por el solo hecho de salir a la calle y permanecer en el calabozo de tres a treinta días "por vestir ropas del sexo opuesto". En Santa Cruz, la ley prevé una excepción: las travestis pueden salir a la calle durante el carnaval. En Formosa y Misiones, la tipificación está disimulada: se pena "el uso de disfraces" y las "vestimentas contrarias a la decencia pública". El código santafesino, en cambio, es el más explícito: el artículo 93 se titula "travestismo" y prevé hasta veinte días de prisión. En diciembre de 1998, un grupo de travestis de esa provincia denunció persecusión policial, coimas y abusos sexuales por parte de los uniformados. El entonces jefe de Policía de Rosario, Benedicto Mattía, dijo a Radio LT3: "Estoy molesto porque los señores travestis, esa mascarada de gente enferma que debería tratarse con psicólogos, tendrían que haber denunciado las coimas ante mí, los jueces o los fiscales. A este jefe de Policía, por ahora, le gustan las mujeres; no necesitamos los favores sexuales de toda esta mascarita sidótica" (sic).
En la provincia de Buenos Aires, la ley contravencional fue cuestionada varias veces ante la justicia. En 1997, un juez de Mar del Plata, Ricardo Favarotto, absolvió a una travesti que llevaba 70 días presa y sentenció que el decreto-ley que instauró en 1973 el Código provincial es inconstitucional. Sin embargo, al año siguiente, el juez Guillermo Atencio condenó a otra travesti a pagar una multa de 117 pesos por "pretender aparecer con una identidad distinta de la que el Estado le otorgó".
Distintos proyectos legislativos intentaron reformar el código bonaerense, pero la Legislatura de la democracia no ha podido acabar con este resabio de una dictadura. Su artículo 92 criminaliza a las travestis, mientras que el 68 prevé entre cinco y treinta días de arresto "al homosexual que se ofreciere públicamente" y su artículo 69 castiga con arresto de diez a treinta días a los dueños de albergues transitorios "cuando en sus dependencias se produjere escándalo con motivo de ejercicio de la prostitución o por actitudes o prácticas viciosas de homosexuales".
Palabras como "escándalo" aparecen como comodines en estos Códigos. Es lo que en Derecho se denomina "tipo penal abierto", y se repite por ejemplo en los siguientes casos: "el que ofendiere la decencia o pudor público" (Catamarca), "el que realizare gestos o tuviere actitudes torpes, que por su carácter ofendieren la decencia pública" (Formosa), etc. La interpretación queda en manos de los policías.
PROHIBIDOS LOS BESOS ENTRE CHICAS. En enero de 2007, dos parejas de lesbianas que estaban de vacaciones en Salta aprendieron lo que significaba ofender "la moral y las buenas costumbres", cuando fueron al boliche Etcétera. Estaban en una mesita conversando y una de ellas tuvo un gesto de cariño con su novia. "No fue algo fuera de lo común, apenas un beso ", explicó a Crítica de la Argentina una de ellas, que prefiere no revelar su nombre. Los dueños llamaron a la policía y pronto ingresaron al boliche siete uniformados que las invitaron a retirarse: "no queremos a gente como ustedes". Ellas no quisieron irse y los policías las rodearon e intentaron sacarlas por la fuerza.
La mayoría de los códigos de faltas fueron sancionados durante el siglo pasado, varios durante gobiernos militares. En una entrevista realizada por este cronista para Newsweek, el juez de la Corte Suprema Raúl Zaffaroni sostuvo que estos códigos "arrastran tipos obsoletos e incompatibles con las constituciones provinciales y con la nacional. Van directamente a contramano de toda la legislación antidiscriminatoria, del derecho a la igualdad y del derecho a ser diferente".
Entre la maraña de penalidades que incluyen, además de las ya citadas, destacamos algunas:
Todos los códigos castigan el trabajo sexual. La definición de las contravenciones es tan amplia que incluye no sólo el sexo por dinero sino también cualquier forma de oferta y demanda de sexo en la vía pública o en locales privados;
Varios códigos autorizan a la Policía a realizar análisis compulsivos de ITS a las personas detenidas por algunas contravenciones;
En Jujuy, puede haber arresto de 5 a 20 días para, por ejemplo: "las mujeres de vida licenciosa o personas de su servidumbre que desde su domicilio inciten a alguien a penetrar en sus habitaciones", "los dueños, gerentes o encargados de cafés, bares, casas de hospedaje u otras que permitan la atención del público a mujeres que no estén munidas de certificado policial de buena conducta" y quienes practiquen "el baile inmoral o entre hombres";
En Neuquén, de 5 a 30 días para "el homosexual o vicioso sexual que frecuentare intencionalmente a menores de 18 años de edad". Lo que se penaliza es la compañía, es decir que un hombre gay que va a pasear a la plaza con su hijo o sobrino menor de edad puede ser detenido.
En muchas provincias, la invitación a la arbitrariedad policial es llevada al extremo: las penas pueden ser aplicadas por un comisario, sin juicio, ni abogados, ni juez, ni fiscal, y el testimonio de un agente de policía es prueba suficiente para condenar. Esto da lugar a que, dependiendo de la provincia, el barrio, la hora y el oficial interviniente, los códigos puedan estar en desuso, aplicarse con rigor o dar lugar a una extorsión o pedido de coimas.
LAS RESPUESTAS DE LOS GOBERNADORES. Al momento de la reunión con Fernández, la FALGBT contaba ya con el compromiso de los entonces gobernadores electos Hermes Binner y Fabiana Ríos de promover la reforma de los códigos de sus provincias.
Por su parte, la presidenta del INADI, María José Lubertino, venía reclamando desde el inicio de su gestión a los mandatarios provinciales no sólo que deroguen estas normas, sino además que creen programas y áreas de gobierno específicas en sus distritos para combatir la discriminación.
Ahora, con el respaldo del ministro, comenzaron a llegar respuestas:
El bonaerense Scioli remitió un informe de la subsecretaria de Derechos Humanos provincial, Sara de Cobacho, que incluye un proyecto de ley para derogar los artículos 68, 69 y 92 del Código de Faltas provincial.
El neuquino Sapag informó sobre la constitución de un Consejo Provincial de Políticas Públicas Antidiscriminatorias que se compromete a trabajar junto con el INADI en el "estudio y recopilación de todas las normas que pudieran tener cláusulas discriminatorias, para su tratamiento legislativo".
El santacruceño Peralta adjuntó en su respuesta un proyecto de ley por el cual directamente se sustituye por completo el Código de su provincia, eliminándose todas las cláusulas que reprimen la homosexualidad y el travestismo.
El puntano Rodríguez Saá informó que "en el corto plazo" remitirá a la legislatura un proyecto que "eliminará el título IV del libro primero" del Código Contravencional.
Las cartas de los gobernadores fueron remitidas formalmente a la FALGBT a medida que eran recepcionadas por el Ministerio y Fernández se mantiene en comunicación permanente con la organización para realizar el seguimiento del reclamo.
"Luego de muchos años de reclamar la derogación de estas normas, es la primera vez que vemos una voluntad política concreta de dar una respuesta. Estamos trabajando en coordinación con el ministro Fernández y con la presidenta del INADI para conseguir las reformas. Es una vergüenza que se sigan manteniendo normas violatorias de los derechos humanos, propias de una dictadura, que condenan a miles de personas a la persecusión y la violencia de la policía, a detenciones arbitrarias, extorsión y abusos", afirmó a Crítica de la Argentina la presidenta de la Federación, María Rachid.


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